La mediación es una forma de resolver disputas, alternativa a la via judicial. Se ayuda a encontrar soluciones de manera conjunta.
En el ámbito de las familias, se denomina mediación familiar. La situación más frecuente se da después de una separación o divorcio, para ponerse de acuerdo en temas concernientes a los hijos, el uso del domicilio familiar y la repartición de bienes o deudas, pero la mediación también es válida y se aplica a otro tipo de divergencias entre personas de una familia.
La separación o divorcio no es solo un proceso legal; también implica un proceso emocional que puede afectar la toma de decisiones para tus hijos. La ley catalana promueve la mediación en casos de ruptura conyugal cuando hay menores involucrados, ayudando a las parejas a llegar a acuerdos beneficiosos.
Es necesario que ambos padres presenten un plan de parentalidad. Si no logran un acuerdo previo, el juez puede derivarlos a mediación. Los acuerdos co-creados en mediación tienen un mayor cumplimiento, ya que ambos padres participan activamente en su elaboración.
La Ley 25/2010 del Código Civil de Catalunya introduce conceptos como la coparentalidad y el plan de parentalidad, eliminando el término «custodia». Esta ley promueve el derecho del niño a mantener relaciones con ambos progenitores, hermanos y abuelos, y destaca la obligación de los padres de ejercer sus responsabilidades parentales de manera compartida después de una ruptura.
El plan de parentalidad es un documento clave en casos de separación, donde los progenitores acuerdan cómo manejarán la crianza, incluyendo la residencia de los hijos y la distribución del tiempo con cada uno. Este plan no cubre aspectos económicos ni el uso del domicilio familiar, que se acuerdan por separado.
Si no hay acuerdo, la autoridad judicial decidirá sobre las responsabilidades parentales, priorizando el interés del menor. La Dra. Capdevila puede orientarte en la creación de un plan de parentalidad, mediar en desacuerdos, coordinar en casos de alta conflictividad y evaluar el bienestar de los hijos para asegurar la mejor distribución de tiempo.
La coordinación de la parentalidad es un proceso alternativo al judicial para la resolución de disputas. Está centrado en las necesidades de los niños/as y ayudar a progenitores en una relación de alta conflictividad, a implementar el plan de parentalidad aprobado por el juzgado.
Facilita la resolución de disputas entre progenitores, minimiza el conflicto familiar y reduce la litigiosidad judicial.
La adolescencia es una etapa que se caracteriza por cambios de todo tipo y a todos niveles, físicos, cognitivos, emocionales y de actitudes. Es el tiempo de frontera entre el niño y el joven adulto, una época nada fácil para nadie. Por tanto, requiere que los padres sean muy conscientes de ello y hagan por su parte cambios a su vez, con el fin de tratar a sus hijos como adolescentes y ya no como a niños pequeños.
Si logra mantener una buena relación, su hijo/a adolescente tendrá menor probabilidad de que sufra problemas de conducta, de que fume, beba en exceso, consuma drogas o se meta en peleas.
Conflictos relacionados con estos aspectos:
El aumento de la esperanza de vida ha generado que más progenitores necesiten la ayuda de sus hijos/as. Este proceso puede ser difícil, especialmente al discutir temas de seguridad y salud.
Los conflictos familiares pueden surgir por la percepción de favoritismo o la sobrecarga en un solo hijo/a para el cuidado diario. Incluso en familias armoniosas, estas situaciones pueden crear tensiones.
La mediación es una forma de resolver disputas. Se ayuda a encontrar soluciones de manera conjunta.
En el ámbito de las familias, se denomina mediación familiar. La situación más frecuente se da después de una separación o divorcio, para ponerse de acuerdo en temas concernientes a los hijos, pero la mediación también es válida y se aplica a otro tipo de divergencias vitales entre personas.
Desacuerdos entre padres separados sobre la crianza, residencia de los hijos, reparto de deudas y cambios en acuerdos previos. También aborda disputas entre padres e hijos, conflictos entre hermanos sobre el cuidado de padres mayores o familiares con discapacidades, contacto entre abuelos y nietos, entre otros.
No, en el arbitraje planteas la disputa a una tercera persona que emite una decisión que te obliga legalmente. En mediación, los participantes mantienen control sobre los resultados. Simplificando, la mediación sería una negociación asistida.
Los estudios indican que la mediación:
La mediación puede ser beneficiosa al inicio de una disputa o en distintas fases, incluso cuando se ha iniciado un proceso judicial. Cuanto más judicializado el caso, más consecuencias negativas habrá que superar, pero el alivio será mayor al llegar a acuerdos.
En algunos países, por norma, todas las parejas que se separan deben pasar por la mediación.
Los mediadores son profesionales de diversos campos, como la psicología, abogacía, educación o trabajo social formados en mediación que siguen un código de práctica.
En Catalunya, el Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, habilita a los mediadores que cumplen los requisitos para la práctica de la mediación familiar y de la mediación intrajudicial, para los casos judicializados.
La mediación no sustituye los servicios de un abogado o psicólogo. Le recomiendo a los participantes que obtengan asesoramiento legal. Los participantes pueden consultar a un abogado o psicólogo antes, durante y después de la mediación.
En la mediación, no se asesora legalmente ni se hace terapia.
Las soluciones o voluntades a las que los participantes han llegado a través de la mediación se redactan como acuerdos. La legislación vigente no ha concedido un estatus especial a los acuerdos de mediación. Los acuerdos son legalmente vinculantes cuando no afectan a los niños o adultos discapacitados. Si afectan a los niños, para que sean legalmente vinculantes, tienen que ser aprobados por el juzgado. Para ello, los abogados lo incluirán como evidencia de mutuo acuerdo.
La mediación se cobra por sesiones. La duración es aproximadamente de hora a hora y media.
A menos que se acuerde otra forma de hacerlo en la primera sesión, se factura la mitad a cada participante (en el caso de padres) o a partes proporcionales (en caso de varios hermanos, por ejemplo).
Empoderamiento: Buscamos fortalecer la idea de que las personas que participan en el proceso pueden tomar decisiones que afecten a su vida y a la de sus hijos.
En casos derivados por el Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya, los documentos firmados por los participantes quedarán archivados en dicho centro.
En la primera sesión, la mediadora describe el proceso de mediación y se asegura que ambas partes presenten sus propuestas de temas a mediar. Se decide que información habrá que aportar a futuras sesiones. En esta sesión u otra posterior, puede surgir la posibilidad de requerir la opinión de expertos (peritos, contables, abogados, psicólogos, etc.)
En visitas subsiguientes, el proceso puede variar de una familia a otra. Por lo general, para cada tema a mediar se siguen unos pasos facilitados por la mediadora familiar: cada participante expresa su punto de vista, se desarrollan opciones, se realiza negociación conjunta y se llega a acuerdos.
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