Coordinación de parentalidad post-divorcio

Coordinación de parentalidad post-divorcio

¿Qué es la coordinación de parentalidad?

La coordinación de la parentalidad es un proceso alternativo al judicial para la resolución de disputas. Está centrado en las necesidades de los niños/as y ayudar a progenitores en una relación de alta conflictividad, a implementar el plan de parentalidad aprobado por el juzgado. Facilita la resolución de disputas entre progenitores, minimiza el conflicto familiar y reduce la litigiosidad judicial.

¿Qué familias se benefician de la coordinación de parentalidad?

Familias en las que los progenitores mantienen un alto nivel de conflicto relacional persistente post-divorcio, que puede manifestarse  por:

–       Necesidad de castigar al otro progenitor

–       Percepción de que el otro no es un buen progenitor (alianza parental problemática)

–       Hostilidad intensa, abierta, continuada, entre progenitores, interacciones agresivas y centradas en la coparentalidad

–       Denuncias mutuas por incumplimiento del plan de parentalidad

–       Un progenitor manifiesta abiertamente que quiere apartar al otro de la vida de los hijos/as

La coordinación de parentalidad es también una opción adecuada para:

  • Familias en procedimientos de sustracción internacional, para ayudar a implementar la resolución judicial
  • Familias en las que un progenitor murió y su familia tiene problemas para mantener la relación con sus nietos/as

¿Cómo se puede acceder al servicio de coordinación de parentalidad?

Los progenitores pueden acceder al servicio por resolución judicial o por acuerdo entre progenitores apoyados por sus abogados/as, siempre que haya un plan de parentalidad aprobado por el juzgado.

¿Cuáles son los beneficios de la coordinación de parentalidad?

–       Para  las familias, un aumento del bienestar emocional y una reducción del nivel de conflictividad.

–       Para el juzgado y el juez, la reducción de la carga de trabajo que general los litigios continuos, menos escritos, comparecencias, etc.

–       Para los abogados, una reducción de la asistencia en crisis y de las llamadas para temas no legales.